Preguntas Normativas Frecuentes SIROC

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  • Es una aplicación establecida por el IMSS, denominado Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción, para facilitar que el patrón o sujeto obligado dedicado a la actividad de la construcción, le permita cumplir con lo establecido en el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, respecto de registrar una obra de construcción y sus incidencias.

  • Los patrones y sujetos obligados podrán optar por utilizar el SIROC para el registro de las obras de construcción, sus fases e incidencias al día siguiente de la publicación en Diario Oficial de la Federación y de forma obligatoria, a partir del 1 de septiembre de 2017.

  • Aquellos registros de obra, sus fases e incidencias realizados conforme al Acuerdo ACDO.SA1.HCT.240210/41.P.DIR., antes del 1º de septiembre de 2017, tendrán validez para el Instituto. Los patrones o sujetos obligados deberán continuar con sus trámites por las obras registradas de conformidad al RSSOTCOTD.

    • Registrarse previamente, como usuarios en el escritorio virtual del portal IMSS Digital
    • Tener vigente la Firma Electrónica (FIEL o e.firma), emitida por el SAT.
    • El Usuario que se firme en el sistema, deberá contar con un Registro Patronal vigente ante el Instituto.y que corresponda a la circunscripción Subdelegacional de la ubicación de la obra.

     

  • Para el uso del aplicativo es indispensable contar con su Firma Electrónica (FIEL), la cual se deberá tramitar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

  • Conforme al artículo 5o del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, se encuentran obligados a registrar una obra de construcción: Los propietarios de las obras de construcción, que directamente o a través de intermediarios contraten a los trabajadores que intervengan en dichas obras; las personas contratadas por los propietarios, para llevar a cabo obras de construcción a precio alzado o bajo el sistema de precios unitarios, con trabajadores a su servicio, y las personas físicas o morales subcontratadas para la ejecución de parte o partes de la obra.

  • Los semáforos son herramientas que permiten alertar sobre el cumplimiento de obligaciones del patrón, tales como:

    • Tiempo transcurrido sin informar sobre la actividad de la obra.
    • Opinión de cumplimiento, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

     

  • Los acuses emitidos por el SIROC contienen sello digital y cadena original de autenticidad y se remiten al patrón vía correo electrónico; así mismo el patrón puede consultarlos en cualquier momento.
    Si desaparece el SATIC 05, ¿cómo voy a cumplir con la obligación de vincular a los trabajadores con la obra en que intervienen?
    El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) se ha actualizado a la par de la entrada en vigor del SIROC para que a través del submenú “Registro de Obra” sea posible vincular a cada trabajador con las obras en que interviene.

  • Es el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas y se puede realizar en la plataforma informática a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que las personas físicas y morales puedan obtener su registro y su inscripción en el padrón.

  • El número de registro; un número de folio por cada servicio u obra de carácter especializado registrado, el nombre del servicio u obra especializada y el nombre de la persona física o moral titular del mismo.

  • Las personas físicas o morales que proporcionen servicios de subcontratación, las cuales deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social al que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

  • Son los que intervienen en el proceso de contratación de personal, participando en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otros; conforme al artículo 12, segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo.

  • Para el seguimiento de registro de la obra, el tipo de usuario Intermediario que cuente con registros de obra activas o suspendidas deberá presentar por única ocasión la Incidencia “Modificar el tipo de usuario”, para actualizar el usuario a Subcontratista de ejecución de obras especializada, con el nuevo número de registro patronal que en su caso se le haya asignado.

13/07/2017 - 23:22