Preguntas Frecuentes sobre SIPARE
Tienes dudas sobre cómo funciona el SIPARE, aquí las resolvemos.
Consulta la información, dando un clic sobre el signo +
-
¿Qué es el Sistema de Pago Referenciado (SIPARE)?
Es una forma de pago para que tú como patrón realices el pago de tus aportaciones a través de la ventanilla bancaria o el portal de banca electrónica de un banco autorizado, de manera fácil y segura, mediante la línea de captura (LC) que se encuentra en tu resumen de emisión, mismo que recibirás mensualmente.
-
¿Cómo puedo ingresar al SIPARE?
Accede al portal del IMSS en la siguiente liga y realiza estos pasos:
- Da click en la opción "Registrar nuevo usuario"
- Ingresa la línea de captura que viene en la propuesta de pago que te fue entregada, o bien, carga un archivo de pago SUA actual
- Revisa tus datos patronales e ingresa un correo electrónico válido, el cual será utilizado para enviarte la confirmación de alta
- Ingresa una contraseña con un mínimo de 8 caracteres
- Confirma la contraseña y oprime el botón Aceptar
-
¿Cómo puedo pagar a través del SIPARE?
El SIPARE no recibe pagos, es el sistema mediante el cual se obtiene la línea de captura con la que podrás realizar el pago de tus aportaciones a través de la ventanilla bancaria o el portal de banca electrónica de tu preferencia, desde la comodidad de tu oficina.
Los bancos en los que puedes realizar tu pago son: Banamex, BBVA Bancomer, Banorte, Banco del Bajío, Afirme, Santander Serfin y HSBC.
-
¿Qué líneas de captura puedo generar con el SIPARE?
Podrás generar la línea de captura para realizar el pago de:
- Cuotas IMSS (4 seguros)
- Aportaciones de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV) de las modalidades del régimen obligatorio:
- 10 ‐ Trabajadores Permanentes y Eventuales de la Ciudad
- 13 ‐ Trabajadores Permanentes y Eventuales del Campo
- 17 ‐ Reversión de cuotas por Subrogación de Servicios
- 36 ‐ Trabajadores al Servicio de Gobiernos Estatales, Municipales y Organismos Descentralizados
- 38 ‐ Trabajadores Estatales, Municipales y Organismos de la Administración Pública
- Aportaciones de vivienda y amortización de crédito INFONAVIT (sólo patrones registrados en el IMSS que cuenten con un registro patronal)
- Multas asociadas a un crédito fiscal
-
¿Qué líneas de captura no se podrán generar?
No podrás generar líneas de captura para las aportaciones de seguros voluntarios como:
- Seguro de Salud para la Familia, Continuación Voluntaria y demás modalidades de aseguramiento individual
- Aportaciones de vivienda y amortización de crédito INFONAVIT (patrones NO registrados en el IMSS que no cuenten con un registro patronal)
- Multas NO asociadas a un crédito fiscal
- Gastos de ejecución
-
¿Cómo puedo obtener la línea de captura?
El IMSS inicialmente enviará a tu domicilio la propuesta de pago que contiene la línea de captura para seguros IMSS y línea de captura para las aportaciones de RCV e INFONAVIT; así como el resumen de la propuesta que contiene una línea de captura del total de las cuotas y aportaciones.
Si ya estás registrado en SIPARE, ingresa con tu usuario y contraseña para consultar las líneas de captura que el IMSS genera. Si no estás registrado, entra a la siguiente liga>>, da click en la opción "Registrar nuevo usuario" y sigue los pasos correspondientes. Una vez registrado, podrás consultar las líneas de captura que el IMSS ha generado o generar una nueva, introduciendo un archivo SUA.En caso de no haber recibido la propuesta, entra a SIPARE en la siguiente liga>> e ingresa el archivo SUA con el cálculo correspondiente a tus cuotas y aportaciones para generar la línea de captura correspondiente.
Si se trata de un pago extemporáneo, ingresa el archivo SUA con el cálculo que corresponda a tus cuotas, para generar la línea de captura. -
¿Es obligatorio pagar con la línea de captura del SIPARE?
No, el SIPARE es una opción para que los patrones y/o sujetos obligados realicen el pago de sus aportaciones a través de la ventanilla bancaria o el portal de banca electrónica de su preferencia.
De manera temporal y por un periodo determinado, puedes pagar a través de SUA o utilizando tu cédula de liquidación que contiene la línea de captura de SIPARE. Si lo prefieres, podrás pagar con la línea de captura de SIPARE de una manera mucho más fácil, rápida y podrás consultar la situación de tu pago a través del portal.
Tú, patrón o sujeto obligado, podrás decidir el medio a través del cual pagarás tus cuotas.
-
¿Cuál es el fundamento legal que aplica a SIPARE?
Artículos 39 y 39 A de la Ley del Seguro Social.
Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto.
Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente.
La obligación de determinar las cuotas deberá cumplirse aún en el supuesto de que no se realice el pago correspondiente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior.
Los capitales constitutivos tienen el carácter de definitivos al momento de notificarse y deben pagarse al Instituto, en los términos y plazos previstos en esta Ley.
Artículo reformado DOF 20‐12‐2001 Artículo 39 A. Sin perjuicio de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo anterior, el Instituto, en apoyo a los patrones, podrá entregar una propuesta de cédula de determinación, elaborada con los datos con que cuente de los movimientos afiliatorios comunicados al Instituto por los propios patrones y, en su caso, por sus trabajadores en los términos de la presente Ley.
La propuesta a que se refiere el párrafo anterior podrá ser entregada por el Instituto en documento impreso, o bien, previa solicitud por escrito del patrón o su representante legal, en medios magnéticos, digitales, electrónicos o de cualquier otra naturaleza.
En el caso de los patrones que reciban la propuesta a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto óptico o de cualquier otra naturaleza, y opten por usarla para cumplir con su obligación fiscal, invariablemente, para efectos de pago, deberán utilizar el programa informático previamente autorizado por el Instituto, a que se refiere el artículo 39.
Cuando los patrones opten por usar la propuesta en documento impreso para cumplir la obligación fiscal a su cargo, bastará con que la presenten y efectúen el pago de la misma en la oficina autorizada por el Instituto, dentro del plazo señalado en el artículo 39 de esta Ley.
Si los patrones deciden modificar los datos contenidos en las propuestas entregadas, deberán apegarse a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos y anotarán en documento impreso o en el archivo de pago que genere el programa autorizado, todos los elementos necesarios para la exacta determinación de las cuotas, conforme al procedimiento señalado en el reglamento correspondiente.
El hecho de que el patrón no reciba la propuesta de cédula de determinación emitida por el Instituto, no lo exime de cumplir con la obligación de determinar y enterar las cuotas, ni lo libera de las consecuencias jurídicas derivadas del incumplimiento de dichas obligaciones. -
¿El SIPARE sustituye al Sistema Único de Autodeterminación (SUA)?
No, el SIPARE solo utilizará el archivo de SUA para generar las líneas de captura de los pagos que deberá realizar el patrón o sujeto obligado.
-
¿El IMSS seguirá enviando la propuesta de pago?
Sí, el IMSS enviará la propuesta de pago que incluirá la línea de captura correspondiente durante un periodo de 6 meses y después únicamente enviará el resumen de la emisión SIPARE.
El patrón puede inscribirse en IDSE (IMSS Desde su Empresa,) y obtener su emisión mensual a detalle.
-
¿Podré seguir pagando con la propuesta de pago?
Sí, siempre y cuando se acepte la propuesta original.
En caso de no estar de acuerdo con la propuesta, deberás generar un nuevo archivo SUA para obtener una nueva línea de captura a través de SIPARE o pagar con el archivo SUA directo en ventanilla de la entidad bancaria de preferencia.
-
¿Qué hago si no recibo la propuesta de pago?
En caso de no haber recibido la propuesta, deberás entrar al SIPARE e ingresar el archivo SUA con el cálculo correspondiente a tus cuotas para generar tu línea de captura correspondiente.
Cuando no cuentes con los medios para realizar tu autodeterminación a través de SUA, acude a la subdelegación que te corresponde, donde personal del Instituto te ayudará a efectuar tus cálculos y te entregará la propuesta de pago con su línea de captura.
-
¿Puedo modificar mi propuesta de pago en SIPARE?
Sí, pero en caso de modificaciones deberás autodeterminar tus cuotas y generar tu archivo SUA con el cual podrás generar una nueva línea de captura a través de SIPARE.
-
¿Qué pasa si pierdo mi línea de captura?
Entra al SIPARE en la siguiente liga http://sipare.imss.gob.mx/sipare_webapp/index.jsp, ingresa tu registro patronal y busca la línea de captura correspondiente introduciendo el periodo de pago.
-
¿Cuál es la vigencia de la línea de captura?
En la propuesta de pago recibida o generada a través de SIPARE, se incluye la fecha de vencimiento. Es muy importante que sepas que no podrás realizar el pago de la línea de captura después de la fecha de vencimiento, pues será rechazada por la entidad bancaria de manera automática.
Deberás generar una nueva línea de captura a través de SIPARE, transmitiendo un archivo SUA que generará el formato de pago con una línea de captura y una nueva fecha de vencimiento.
-
¿Cuáles son los bancos autorizados para pagar?
Por el momento, el IMSS tiene convenio para realizar pagos en ventanilla y banca electrónica de los siguientes bancos: Banamex; BBVA Bancomer; Banorte; Banco del Bajío; Afirme; Santander Serfin y HSBC.
-
¿Qué pasa si no recuerdo mi usuario y/o contraseña?
El SIPARE cuenta con la opción de Recuperación de Contraseña, se solicita un archivo SUA o línea de captura para restablecer tu contraseña.
-
¿Cuáles son los requerimientos mínimos de software que debe tener un equipo para utilizar el SIPARE?
Java 1.5 o posterior, Internet Explorer 8 o Mozilla Firefox 14.0.1.
-
¿Qué se debe hacer, si al solicitar la línea de captura se queda la pantalla pasmada con estatus "en proceso"?
Puedes esperar a que termine de procesar o intentar nuevamente subir el mismo archivo SUA.
-
¿Qué versión de Acrobat Reader se requiere para la impresión de la línea de captura?
Acrobat Reader 9 o superior.
-
¿Qué navegadores y versiones puedo utilizar para ingresar a SIPARE?, ¿puedo utilizar cualquier navegador?
Las pruebas fueron realizadas únicamente sobre los navegadores Internet Explorer 8 o superior y Mozilla Firefox 14.0.1. La funcionalidad de la aplicación con Safari, Google Crome o con otros navegadores no está garantizada.
-
¿Cuántos intentos de inicio de sesión tendré para ingresar a SIPARE antes de que se inhabilite la cuenta?
Actualmente no se tiene ninguna restricción al respecto.
-
¿El sistema tendrá problemas al obtener la línea de captura si el archivo generado por SUA rebasa los 5MB?
No, pero los tiempos de proceso serán mayores dependiendo el tamaño del archivo que se adjunte.
-
¿Cuál es la liga oficial de acceso a SIPARE?