Solicitud de modificación de pensión por hechos que inciden en el cálculo o en el monto del pago de la misma y por cambio de cuenta bancaria

Homoclave IMSS-01-031

¿El monto de la mensualidad de pensión que se te pagó es incorrecto?
¿Consideras que el cálculo de la pensión que se te otorgó no es el adecuado?
¿Eres pensionado y deseas incrementar el monto de tu pensión con el pago de una asignación familiar al incorporar a un nuevo beneficiario (hijos, esposa o concubina, padres)?
Puedes solicitar aclaración sobre el monto pagado o sobre el cálculo de la pensión. Asimismo, puedes solicitar que se registre a un nuevo beneficiario con derecho para que se incremente el monto de la pensión mensual que recibes.

A través de este trámite, también se incluye la posibilidad de que el pensionado modifique su cuenta bancaria para recibir el pago de la pensión.

Consulta la información, dando un clic sobre el signo +

  • El pensionado puede solicitar aclaración sobre el importe del monto de las mensualidades pagadas por concepto de pensión o sobre el cálculo de la pensión determinada. Asimismo, podrá realizar este trámite para incorporar a un nuevo asignatario hijo o beneficiario de pensión tratándose de pensiones de orfandad y ascendientes.

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    • Ser pensionada(o) y encontrarse vigente en sus derechos.
    • Acreditar el hecho que afecta el monto de la cuantía de la pensión o el monto mensual recibido por pago de la misma, relacionados con los siguientes supuestos, los cuales no son limitativos:
      • i. Semanas de Cotización;
      • ii. Salario Base de Cotización; 
      • iii. Calificación de Riesgos de Trabajo; 
      • iiii. Porcentaje de Valuación Médica;
      • v. Inexistencia del Estado de Invalidez;
      • vi. Reingreso al Régimen Obligatorio al Seguro Social (Régimen del Seguro Social 1973); 
      • vii. Fecha de inicio del Estado de Invalidez o de la Incapacidad Permanente para el trabajo; 
      • viii. Errores aritméticos o informáticos.
    • Acreditar el vínculo filial con el nuevo asignatario hijo, así como el vínculo filial y dependencia económica del nuevo asignatario padre o madre.
    • Acreditar el vínculo filial del nuevo beneficiario de la pensión de orfandad, así como los demás requisitos que se establecen para el otorgamiento de la pensión de orfandad, de acuerdo con el tipo de modalidad de que se trate.
    • Acreditar el vínculo filial y dependencia económica del nuevo beneficiario de la pensión de ascendientes (padre o madre), así como los demás requisitos que se establecen para el otorgamiento de la pensión de ascendientes.

     

  • DOCUMENTOS DE LA PERSONA PENSIONADA

    I. SE PRESENTA COPIA SIMPLE PARA INTEGRAR EL EXPEDIENTE Y SE PRESENTA EL ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA PARA SU COTEJO:

    ➣identificación oficial con fotografía vigente de acuerdo con la legislación que aplique en los siguientes términos:

    Para personas mexicanas mayores de edad:

    • Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o por el Instituto Federal Electoral, hasta en tanto concluya su vigencia, en el caso de robo o extravío, deberá dejar constancia del documento que así lo acredite y presentar para iniciar el trámite su Pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, o bien Cartilla del Servicio Militar Nacional emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional, con resello cuando sea el caso, o bien, Documento con fotografía y firma, expedido por la Alcaldía de la Ciudad de México o Municipio en donde reside el interesado, a través del cual se haga constar la identidad del mismo, o bien, Credencial ADIMSS, o bien, Carta de Naturalización.

    Para personas menores de edad cualquiera de los siguientes:

    • Credencial ADIMSS; Pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores; Certificado o Constancia de estudios con fotografía, expedida por institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional; Documento con fotografía expedido por la Alcaldía de la Ciudad de México o Municipio en donde reside el menor, a través del cual se haga constar la identidad del mismo; o bien, Cartilla del Servicio Militar Nacional, emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional, para mayores de 16 años.

    Tratándose de extranjeros cualquiera de los siguientes:

    • Pasaporte; Documento migratorio expedido por las Oficinas Consulares de México en el extranjero: Visa de residencia temporal, Visa de residente temporal estudiante, Visa de residencia permanente, Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas; Tarjeta de residencia, expedida por el Instituto Nacional de Migración; o bien, Credencial ADIMSS.

    TRATÁNDOSE DE CAMBIO DE CUENTA BANCARIA

    I. SE PRESENTA COPIA SIMPLE PARA INTEGRAR EL EXPEDIENTE Y SE PRESENTA EL ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA PARA SU COTEJO:

    ➣identificación oficial con fotografía vigente de acuerdo con la legislación que aplique en los siguientes términos:

    Para personas mexicanas mayores de edad:

    • Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o por el Instituto Federal Electoral, hasta en tanto concluya su vigencia, en el caso de robo o extravío, deberá dejar constancia del documento que así lo acredite y presentar para iniciar el trámite su Pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, o bien Cartilla del Servicio Militar Nacional emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional, con resello cuando sea el caso, o bien, Documento con fotografía y firma, expedido por la Alcaldía de la Ciudad de México o Municipio en donde reside el interesado, a través del cual se haga constar la identidad del mismo, o bien, Credencial ADIMSS, o bien, Carta de Naturalización.

    Para personas menores de edad cualquiera de los siguientes:

    • Credencial ADIMSS; Pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores; Certificado o Constancia de estudios con fotografía, expedida por institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional; Documento con fotografía expedido por la Alcaldía de la Ciudad de México o Municipio en donde reside el menor, a través del cual se haga constar la identidad del mismo; o bien, Cartilla del Servicio Militar Nacional, emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional, para mayores de 16 años.

    Tratándose de extranjeros cualquiera de los siguientes:

    • Pasaporte; Documento migratorio expedido por las Oficinas Consulares de México en el extranjero: Visa de residencia temporal, Visa de residente temporal estudiante, Visa de residencia permanente, Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas; Tarjeta de residencia, expedida por el Instituto Nacional de Migración; o bien, Credencial ADIMSS.

    ➣Documento expedido por la institución de crédito en el cual se identifique el Número de Cuenta y CLABE, a favor del beneficiario para recibir el pago de la pensión o del subsidio, según corresponda.

    • Tratándose de documentos públicos expedidos en el extranjero, deberán contener la apostilla o legalización, según corresponda. Si el documento está redactado en idioma diferente al español se deberá acompañar la traducción al español realizada por perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional o por perito autorizado por el país de que se trate.
    • El trámite podrá presentarse en la ventanilla del Control de Prestaciones Económicas en la Unidad de Medicina Familiar de adscripción de 8:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine el Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada del IMSS; únicamente para la circunscripción de la Ciudad de México y Estado de México, se podrá realizar en las Subdelegaciones correspondientes.
    • Este trámite fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2024 a través del Acuerdo ACDO.AS.HCT.260623/161.P.DPES y sus anexos, del Instituto Mexicano del Seguro Social.
    •  Para cualquier duda o pregunta: Al teléfono 800 623 23 23 desde cualquier parte de la República Mexicana, donde un representante del IMSS brindará la información correspondiente.
Todos los trámites son gratuitos

¿Necesitas ayuda?

 

Puedes solicitar un cambio de beneficiarios y aclaraciones sobre el monto en cualquier momento.

 Fuente: Instituto Mexicano del Seguro Social
Última actualización:
10/04/2019 - 10:25