Preguntas Frecuentes
Inmuebles
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¿De dónde provienen los bienes que comercializa el IMSS?
Los bienes inmuebles que comercializa el IMSS forman parte de su patrimonio y han dejado de ser útiles para el cumplimiento de su objeto.
De igual manera, lleva a cabo la enajenación de bienes inmuebles que el IMSS, en su calidad de autoridad fiscal, se adjudica con motivo del Procedimiento Administrativo de Ejecución por concepto de adeudos de cuotas obrero-patronales.
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¿Cómo puedo participar en los procedimientos para la venta de bienes inmuebles?
El IMSS comercializa los bienes inmuebles a través de Licitación y Subasta Pública.
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¿Para adquirir las Bases de la licitación o Subasta, tienen costo?
No, las bases de licitación o Subasta no tienen costo, por lo que deberá revisar los días, horarios y datos del contacto con quien se debe programar la entrega, que se establezcan en la Convocatoria.
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¿En qué condiciones se encuentran los bienes que Subasta el IMSS?
Los bienes inmuebles que vende el IMSS, se venden en el estado físico y jurídico en el que se encuentran.
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¿Se puede hacer inspección ocular de los bienes en Subasta?
Si, los participantes podrán realizar la inspección ocular los días, horarios y datos del contacto con quien se debe programar la visita, que se establezcan en la Convocatoria.
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¿Qué es la garantía de seriedad de oferta y de cuánto es su monto?
Es la cantidad de recursos económicos que debe entregar el participante para asegurar el sostenimiento de su oferta de compra al participar en las Subastas, de conformidad con las Bases de Venta. Para bienes inmuebles será del 10% (diez por ciento) del importe de su Oferta de Compra inicial, la cual no podrá ser menor al valor base.
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¿Puedo presentar una oferta fuera de la licitación o Subasta?
No. Solo se podrán presentar ofertas dentro de los procedimientos establecidos en la Convocatoria, Bases, Términos y Condiciones.
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¿Todas las licitaciones y subastas son electrónicas?
No, por este medio se promocionan los bienes inmuebles que próximamente serán comercializados y el tipo de procedimiento para su enajenación, ya sea presencial o electrónico.
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¿Qué debo hacer en caso de ser declarado ganador?
En caso de ser notificado como ganador deberá cubrir el depósito de garantía de cumplimiento que corresponde, para más detalle consulta las bases.
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¿Qué es un Permiso de Uso Temporal Revocable (Permiso)?
Es el instrumento jurídico mediante el cual el IMSS concede a terceros (personas físicas o morales) a título oneroso, previa solicitud, el uso y goce de un espacio dentro sus instalaciones a fin de que puedan comercializar sus productos o servicios.
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¿Qué tipos de Permiso existen?
Existen tres tipos:
PUTR Fijo: Implica la ocupación de un espacio y su vigencia es de 7 hasta 12 meses.
PUTR Transitorio: Se otorga por periodos de 1 hasta 6 meses, este principalmente es otorgado en los Centros Vacacionales del IMSS.
PUTR Itinerante: Este tipo de permiso se otorga para permitir el acceso a inmuebles del Instituto de forma “ambulante”, no considera la ocupación de espacios para la instalación de ningún tipo de módulo; como requisito principal es que debe contar con un Convenio de Colaboración con el área de Recursos Humanos.
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¿Cómo puedo rentar un espacio para vender en el Instituto Mexicano del Seguro Social?
Debes solicitar un Permiso de Uso Temporal Revocable a través de un escrito en formato libre en el cual indiques el tipo de negocio que quieres instalar. También debes proporcionar el inmueble en el que deseas que se te otorgue o ubica el espacio que quieres rentar.
El área indicada para atender tu solicitud deberá responderte en un lapso no mayor a 15 días hábiles el resultado de tu solicitud.
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¿Cuáles son las ventajas de contar con un Permiso ante el IMSS?
• Podrás comercializar productos o servicios dentro de las instalaciones del Instituto, de acuerdo con las necesidades de la derechohabiencia.
• Contar con un gran potencial de clientes, debido al alto flujo de personas que visitan las instalaciones.
• Pagarás una contraprestación únicamente por el espacio que utilices.
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¿Qué tipo de productos y/o servicios puedes ofrecer?
Cualquier tipo de producto que no atenten contra la integridad de los derechohabientes ni derechos de terceros, en el caso de alimentos se deberá apegar al listado emitido por la Dirección de Prestaciones Médicas.
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¿Qué debo considerar antes de solicitar un Permiso ante el IMSS?
Es importante saber en qué unidad médica, hospital u oficina te interesa comercializar algún producto o servicio, porque según la ubicación del espacio solicitado tienes que acudir a la Jefatura de Servicios Administrativos del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada a la que pertenece.
Para espacios en Unidades Médicas y Hospitales se debe acudir a la oficina correspondiente del IMSS encargada de autorizar estos permisos en las Entidades Federativas.
Para oficinas de nivel central, la atención para este trámite es en la División de Comercialización y Arrendamiento.
En el caso de Unidades Médicas de Alta Especialidad, se debe acudir a la Administración de cada unidad quien es la responsable de recibir las solicitudes.
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¿Qué se necesita para que tu solicitud de Permiso sea aprobada?
Muy sencillo, sólo tienes que cumplir con los requisitos establecidos por el Instituto y se establecen dependiendo del tipo de permiso.
Para saber cuáles son, contacta a la Jefatura de Servicios Administrativos del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada correspondiente.
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¿Qué costos tiene obtener un Permiso?
Por el uso de espacios del IMSS se debe cubrir una cuota de recuperación la cual está acorde a las dimensiones de la superficie y a la unidad médica o administrativa en la que se encuentra; estas cuotas son aprobadas anualmente por el máximo órgano administrativo del IMSS.
Adicionalmente, se deberá cubrir la cuota por los gastos administrativos derivados del otorgamiento del Permiso.
Para el caso de superficies mayores a 30 metros cuadrados, la cuota se establece con base en el Avalúo elaborado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN).
Es importante mencionar que todos los pagos se realizan en cuentas bancarias del Instituto a través de depósitos en ventanilla o transferencias electrónicas, expidiéndote el respectivo comprobante fiscal.
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¿Qué requisitos debo cubrir para obtener un Permiso?
Las Personas Físicas deberán cumplir con la siguiente documentación:
a) Carta Solicitud en formato libre la cual debe incluir la dirección del inmueble del Instituto en donde desea ofrecer su servicio y/o producto, señalando el domicilio para oír y recibir notificaciones.
b) Copia simple de:
✓ Acta de Nacimiento.
✓ Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial del IFE/INE, Pasaporte, Cédula Profesional, tratándose de extranjeros el documento migratorio vigente que corresponda, emitido por la autoridad competente, Certificado de Matrícula Consular, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores o en su caso por la Oficina Consular de la circunscripción donde se encuentre el connacional.)
✓ Registro Federal de Contribuyentes.
✓ Comprobante de Domicilio fiscal.
✓ Último estado de cuenta bancario que acredite fehacientemente su solvencia económica.
c) Opiniones positivas vigentes expedida por el SAT, el IMSS, y el INFONAVIT.
d) Declaración escrita bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el Sector Público, ni se encuentra inhabilitado para ello.
e) Adicionalmente deberán presentar, de ser el caso, las especificaciones y características técnicas del equipo propio que instalará, así como un Programa Anual de Mantenimiento y un Programa de Seguridad e Higiene acorde al equipo y giro comercial que se prestará.
Si eres una Persona Moral deberás cumplir con lo siguiente:
a) Carta Solicitud en formato libre la cual debe incluir la dirección del inmueble del Instituto en donde desea ofrecer su servicio y/o producto, señalando el domicilio para oír y recibir notificaciones.
b) Copia simple de:
✓ La Escritura Pública que acredite la constitución de la empresa y sus modificaciones.
✓ Instrumento notarial que faculte la personalidad jurídica de su apoderado y/o representante legal
✓ Identificación oficial vigente con fotografía del apoderado y/o representante legal (Credencial del IFE/INE, Pasaporte, Cédula Profesional).
✓ Registro Federal de Contribuyentes.
✓ Cédula del Registro Patronal ante el IMSS.
✓ Comprobante del domicilio fiscal.
✓ Último estado financiero que acredite fehacientemente su solvencia económica.
c) Opiniones positivas vigentes expedida por el SAT, el IMSS, y el INFONAVIT.
d) Declaración escrita bajo protesta de decir verdad que ninguno de sus socios o asociados desempeña empleo, cargo o comisión en el Sector Público, ni se encuentra inhabilitado para ello.
e) Adicionalmente deberán presentar, de ser el caso, las especificaciones y características técnicas del equipo propio que instalará, así como un Programa Anual de Mantenimiento y un Programa de Seguridad e Higiene acorde al equipo y giro comercial que se prestará.