Fundamento Jurídico (IMSS-2024-041-003-A)


Fundamento que da origen al trámite o servicio

Ámbito: Federal

Tipo: Ley

Nombre: Ley del Seguro Social

Artículo: 5 A

Fracción: IV

 

Ámbito: Federal

Tipo: Ley

Nombre: Ley del Seguro Social

Artículos: 239-A, 239-B, 239-C, 239-D, 239-E, 239-F, 239-G, 239-H

 

Ámbito: Federal

Tipo: Ley

Nombre: Ley del Seguro Social

Artículo: 12

Fracción: IV

 

Ámbito: Federal

Tipo: Acuerdo

Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

Número: 18

 

Fundamento del canal de atención

Ámbito: Federal

Tipo: Acuerdo

Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

Número: 18

 

Fundamento del plazo máximo

Ámbito: Federal

Tipo: Acuerdo

Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

Número: 18

 

Fundamento del plazo para cumplir con prevención

Ámbito: Federal

Tipo: Acuerdo

Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

Número: 18

 

Fundamento del plazo de prevención a la persona solicitante

Ámbito: Federal

Tipo: Acuerdo

Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

Número: 18

 

Fundamento del requerimiento de conservar información

Ámbito: Federal

Tipo: Reglamento

Nombre: Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Artículo: 6

Fundamento de la vigencia

Ámbito: Federal

Tipo: Acuerdo

Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

Número: 18

 

Plazo máximo de la resolución del trámite: Inmediato.

 

Plazo de prevención

Plazo que tiene la dependencia para prevenir: Inmediato.

Plazo que tiene el usuario(a) para responder la prevención: Inmediato.

 

Vigencia del trámite

La inscripción de las personas trabajadoras del hogar termina:

·         Cuando concluya la relación laboral que le dio origen,

·         Por la falta del entero de las cuotas obrero patronales,

·         Al término de los periodos cubiertos por adelantado o por simulación de la relación laboral.

 

Esta última con independencia de las sanciones que correspondan. La persona empleadora de las personas trabajadoras del hogar deberá presentar el aviso de baja en los medios que el Instituto disponga para tal efecto.