¿Cuál es el fundamento jurídico del trámite?
8º. Constitucional, 251 fracciones VII, XII y XXXVII y 251-A de la Ley del Seguro Social, 150 primer párrafo, fracción VII, VIII, IX y XXVIII, 154 fracción VIII, 155 del RIIMSS.
Fundamento jurídico que da origen al trámite
Artículo 8º.
Ordenamiento: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Tipo ordenamiento: Petición.
Medio de presentación del trámite
Escrito patronal presentado en oficialía de partes de la Subdelegación.
Datos de información requeridos
Nombre, Razón Social de la parte peticionante, referencia del acreditamiento de personalidad, domicilio fiscal así como para oír y recibir notificaciones
Ordenamiento: Artículos 18 y 19 del CFF.
Documentos requeridos
Anexo Único Copia de la Identificación del patrón o persona física o en caso de persona moral acta constitutiva o poder notarial.
Ordenamiento: Con base a los artículos 18 y 19 del CFF.
Plazo Máximo de Respuesta
5 días hábiles.
Observaciones: No aplica.
Plazo de prevención
5 días hábiles.
Observaciones: No aplica en virtud de tratarse de un documento de carácter personal y confidencial que contiene información de la empresa.