El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene el carácter de organismo fiscal autónomo y cuenta con facultades para realizar el cobro de los créditos fiscales a su favor, mediante la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución, con apego a las disposiciones del Código Fiscal de la Federación.
El procedimiento mencionado, entre otras fases, comprende la relativa a la enajenación de los bienes embargados, pudiendo realizarse la enajenación en remate o en venta fuera de remate.
A partir del primer día hábil de enero de 2005, el remate de los bienes embargados debe efectuarse en subasta pública que se llevará a cabo a través de medios electrónicos, conforme a reformas del Código Fiscal de la Federación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2004.
Las convocatorias para remate expedidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, se darán a conocer en esta página electrónica, incluyendo los bienes objeto del remate, el valor que servirá de base para su enajenación, así como los requisitos que deberán cumplir los postores para concurrir al mismo.
El objetivo de esta aplicación es el de presentar la información de convocatorias para remates que son publicadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social. Se presenta la información de todas las convocatorias que son publicadas por todas las Subdelegaciones del Instituto a Nivel Nacional. Esto se hace a través de Internet para que la información se encuentre disponible y sea consultada por el Público en General en todo el país y en el extranjero. De hecho cualquier persona con acceso a Internet que tenga la dirección de la página del IMSS podrá acceder esta pantalla y consultar sus contenidos.