No. 302/2019, 22 de Agosto de 2019
El Artículo 15-A quinto párrafo de la Ley del IMSS, establece que los patrones o sujetos obligados y beneficiarios deberán comunicar trimestralmente dentro de los primeros quince días de los meses de enero, abril, julio y octubre, la información de los contratos de prestación de personal que celebren entre las partes.