El Programa de Entornos Laborales Seguros y Saludables (ELSSA) del IMSS contempla medidas para prevenir que el esfuerzo mental se convierta en un factor de riesgo psicosocial en el trabajo.
Cuando el esfuerzo mental en los centros laborales es excedido, puede ocasionar fatiga mental, afectando el rendimiento del trabajador y aumentando la probabilidad de que se cometan errores.
La fatiga puede ser reversible a través del descanso y cambio de dinámicas en el trabajo, aunque también puede llevar a un estado de fatiga crónica que derive en enfermedades mentales e incapacidad.
El Programa de Entornos Laborales Seguros y Saludables (ELSSA) del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) contempla diversas medidas para prevenir que el esfuerzo mental se convierta en un factor de riesgo psicosocial en el trabajo, entre ellas, fomentar que empresas establezcan tareas que permitan el desarrollo personal de los trabajadores, aplicar rotación de actividades y distribuir adecuadamente funciones.
Aunque un trabajo siempre conlleva exigencias físicas y mentales, cuando estas últimas son predominantes implican un esfuerzo mental que, si es excedido, puede ocasionar fatiga mental, afectando el rendimiento del trabajador y aumentando la probabilidad de que se cometan errores.
La fatiga mental es la disminución de la capacidad física y mental de un individuo después de haber realizado un trabajo durante un tiempo determinado, y se manifiesta por una sensación de cansancio, somnolencia, bajo nivel de atención y torpeza de movimientos.
La Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales (DPES) del IMSS señala que, así como un esfuerzo mental excedido afecta a la persona, una baja carga de trabajo, como cuando hay asignación de pocas actividades laborales o las tareas que se realizan son muy sencillas, también puede tener efectos adversos, y en cualquiera de los dos casos se busca otorgar el tratamiento médico y de rehabilitación necesarios, así como recomendaciones a las empresas de prevención y promoción de la salud en el entorno laboral.
ELSSA pone a disposición de los centros de trabajo las Guías de Referencia II y III de la NOM-035-STPS-2018 como una herramienta de fácil acceso para la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial; en éstos, se abordan interrogantes como: “¿Mi trabajo exige que esté muy concentrado?”, “¿Mi trabajo requiere que memorice mucha información?”, “¿En mi trabajo tengo que tomar decisiones muy rápido?” y “¿Mi trabajo exige que atienda varios asuntos al mismo tiempo?”.
La fatiga puede ser reversible a través del descanso, la introducción de pausas o la posibilidad de alternar el trabajo con otras tareas que impliquen una menor carga mental; sin embargo, cuando no se modifican las características del puesto o la persona trabajadora no puede adaptarse, se puede llegar a un estado de fatiga crónica en el que se presenta irritabilidad, depresión, falta de energía y de voluntad para trabajar, dolor de cabeza, mareos, insomnio y pérdida de apetito, entre otros síntomas.
Las consecuencias del exceso o poco esfuerzo mental son mayor absentismo laboral y menor productividad, en tanto que las enfermedades mentales y del comportamiento que puedan presentarse aunadas o derivadas de éste pueden llegar a ser condicionantes de incapacidad.
Con base en la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social y el Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS vigentes, se considera incapacidad a la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al asegurado desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo; esta es una condición determinada por el médico tratante, y en estos casos existen dos vías para el seguimiento.
Por parte del IMSS, se busca otorgar el tratamiento médico y de rehabilitación para la reincorporación laboral de las personas trabajadoras, así como recomendaciones de prevención y promoción de la salud para el entorno laboral; en tanto, la empresa, al identificar personas expuestas a factores de riesgo psicosociales, deberá implementar medidas correctivas, preventivas y de promoción de la salud.
El Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo indica, en su artículo 43, que, en relación con los factores de riesgo psicosocial, los patrones deberán identificar y analizar los puestos de trabajo con riesgo psicosocial por la naturaleza de sus funciones o el tipo de jornada laboral.
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