Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo

Homoclave IMSS-02-028 Modalidad F. Por reanudación de actividades.

¿Reanudaste actividades en tu empresa? Como patrón debes notificarlo al IMSS, recuerda que podrás continuar con la prima con la que venías cotizando, siempre y cuando no hayan transcurrido más de seis meses.

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  • ¿Reanudaste actividades en tu empresa? Como patrón debes notificarlo al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), recuerda que podrás continuar con la prima con la que venías cotizando siempre y cuando no hayan transcurrido más de seis meses.

  • Patrón, sujeto obligado, representante legal o persona autorizada.

  • Presencial: En la Subdelegación que te corresponda de acuerdo al domicilio del centro de trabajo, de lunes a viernes en días hábiles del IMSS de 8:00 a 15:30 horas.
  • Trámite gratuito
    1. Aviso de modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo. Original y copia
    2. Tarjeta de Identificación Patronal (TIP), documento expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social al darse de alta un registro patronal. Original
    3. Aviso presentado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Original y copia
    4. Identificación oficial vigente. Original y copia

    • En ausencia de la TIP por caso fortuito, presentar Comprobante de solicitud de reposición de la TIP ante el Instituto y Cédula del Registro Federal de Contribuyentes, documento expedido por el Servicio de Administración Tributaria.

    • Identificación oficial con fotografía y firma del solicitante (patrón o representante legal) como son:

      • Credencial para votar vigente (IFE/INE)

      • Pasaporte vigente, mexicano o extranjero

      • Cartilla del Servicio Militar Nacional

      • Cédula Profesional

      • Matrícula consular (documento de identidad que expide una oficina consular a favor de un connacional)

      • Tarjeta/Cédula/Carnet de identidad para extranjeros.




     
    Considera lo siguiente:
    A partir de que efectúes el cambio o modificación, cuentas con 5 días hábiles para informar al IMSS este movimiento.
Todos los trámites son gratuitos

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Mantener protegidos a tus trabajadores, con el Seguro de Riesgos de Trabajo.

27/11/2019 - 10:00