¿Sabías qué? Como pensionado(a) al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 (LSS 1973), y si cuentas con capacidad de crédito, podrás solicitar un préstamo a cuenta de tu pensión con cualquier entidad financiera que tenga convenio vigente con el IMSS.
Importante
En caso que necesites un préstamo a cuenta de tu pensión con alguna entidad financiera participante, toma en cuenta lo siguiente:
- El descuento mensual en ningún caso excederá del 30% (treinta por ciento) del monto de tu pensión mensual.
- Asimismo, considerando el descuento mensual, tu pensión no se podrá reducir a una cantidad inferior al promedio de las pensiones garantizadas (1 salario mínimo y 60 años de edad) de la tabla del artículo 170 de la LSS vigente.
- El plazo del préstamo no deberá exceder de 60 (sesenta) meses.
- Consulta las condiciones ofrecidas por la entidad financiera antes de solicitarlo.
- La entidad financiera que te otorgue el préstamo, te entregará un ejemplar del contrato y de la Carta de Libranz -debidamente llenados-. No olvides que la Carta de Libranza contiene el importe del préstamo solicitado, descuento mensual, el plazo y el Costo Anual Total (CAT). Asimismo, cuenta con tu firma y huella digital.
- La cantidad solicitada del préstamo deberá coincidir con el depósito de la entidad financiera en la cuenta donde recibes tu pensión (en un plazo no mayor a 5 días en horario bancario).
- ¡Recuerda! si cambias tu cuenta bancaria para el pago de tu pensión ante el IMSS, no podrás solicitar un préstamo en 3 meses en esta modalidad.
- La entidad financiera NO te deberá cobrar comisiones por pagos o liquidación anticipada.
¿Quieres solicitar un préstamo a cuenta de pensión con alguna entidad financiera en Convenio con el IMSS?
Ingresa y sigue los pasos en www.imss.gob.mx/pensiones