¿Tengo derecho a un aguinaldo?
Como pensionado(a) por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, tienes derecho a recibir un aguinaldo anual que equivale a una mensualidad de la cuantía de tu pensión, es decir, sin considerar el importe por asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.
Este aguinaldo se paga en el mes de noviembre.
Para las pensiones de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente no reciben importe por este concepto.
Este aguinaldo se paga en el mes de noviembre.
Para las pensiones de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente no reciben importe por este concepto.