Recuerda que el dictamen debe formularse por el contador público autorizado y presentarse por el patrón o sujeto obligado a más tardar el 30 de septiembre siguiente al del ejercicio fiscal inmediato anterior, sin embargo, si el vencimiento de la obligación se da en viernes o en un día inhábil, el plazo se prorrogará hasta el día hábil siguiente, lo anterior de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 3 y 161 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Evitemos contratiempos. ¡Cuánto antes, mejor!
CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO:
La elaboración de dictamen sobre el cumplimiento de obligaciones derivadas de la Ley del Seguro Social y sus reglamentos a través del Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS), es fácil y sencillo, por lo que se le invita a formular su dictamen oportunamente.
Está a su disposición para consulta material actualizado que se encuentra en los siguientes apartados:
Herramientas
- Plantilla_Informacion_Patronal_v6.0
Materiales
- Manual de usuario versión 8.0
- Formatos descargables para los dictámenes que deben presentarse de manera presencial
Preguntas frecuentes en el Módulo de dictamen electrónico
- Preguntas frecuentes sobre campos de cumplimiento derivados de la Reforma por subcontratación
Ahora la navegación en SIDEIMSS ya puede realizarse utilizando Edge, Chrome, Mozilla Firefox.
Patrón o sujeto obligado:
Recuerde, en septiembre debe presentar su dictamen sobre el cumplimiento de obligaciones derivadas de la Ley de Seguro Social y sus reglamentos.
Realice oportunamente sus pagos y movimientos afiliatorios resultantes del dictamen.
Ahora la navegación en SIDEIMSS ya puede realizarse utilizando los navegadores Edge, Chrome, Mozilla Firefox.
Evite contratiempos. ¡Cuánto antes, mejor!