Fundamentos Jurídicos (IMSS-02-012)


Fundamento Jurídico que da origen al trámite
Capítulo I Disposiciones generales y Capítulo II Principios rectores de la Protección de los Datos Personales  
Ordenamiento: Lineamientos de Protección de Datos Personales publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005.
Tipo ordenamiento: Lineamiento 
Artículo 177  
Ordenamiento: Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995.
Tipo ordenamiento: Ley 
 
Medio de Presentación del trámite
Fundamento Jurídico: Anexo Único
Ordenamiento: ACUERDO ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2013.

Datos de Información Requeridos
Fundamento Jurídico: Anexo Único 
Ordenamiento: ACUERDO ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2013. 
 
Documentos Requeridos
Fundamento Jurídico: Anexo Único 
Ordenamiento: ACUERDO ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2013.
 
Plazos
Fundamento Jurídico:
•  Plazo Máximo de Respuesta: 2 días hábiles.
Observaciones: Dos días hábiles a partir de la recepción de la solicitud cuando se trate de Corrección de Nombre y/o Datos Estadísticos. En los casos de que se determine que el asegurado tiene más de un número de seguridad social o su número tiene una homonimia o invasión que involucra a otro asegurado el tiempo de respuesta será máximo de 40 días hábiles.
•  Plazo de Prevención: 1 día hábil.
Observaciones: Un día hábil siguiente a la presentación de la solicitud.
 
Anexo Único  
Ordenamiento: ACUERDO ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2013.

Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en: Negativo.
Artículo 17, primer párrafo  
Ordenamiento: Ley Federal de Procedimiento Administrativo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1994 y sus reformas.