Constancia de semanas cotizadas en el IMSS-ISSSTE
Homoclave IMSS-02-025 Modalidad B. Constancia de Semanas Cotizadas IMSS-ISSSTE
Es el documento informativo que te permite conocer el número de semanas que tienes cotizadas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), siempre y cuando estés amparado en el sistema de cuentas individuales.
Ya puedes hacer tu trámite por internet:
Para solicitar la transferencia de semanas IMSS-ISSSTE en línea, necesitas:
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.
O si lo deseas, puedes realizar tu trámite en ventanilla:
Consulta la información, dando un clic sobre el signo +
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¿Qué es?
Es el documento informativo que te permite conocer el número de semanas que tienes cotizadas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), siempre y cuando estés amparado en el sistema de cuentas individuales.
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¿Quién lo puede realizar?
Interesado (a).
Trabajador (a) registrado en el ISSSTE amparado al sistema de cuentas que también tiene semanas cotizadas en el IMSS o viceversa.
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¿Dónde puedo realizar este trámite?
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí. Las 24 hrs. del día los 365 días del año.
Presencial: En la Subdelegación que te corresponda, de lunes a viernes en días hábiles del IMSS de 8:00 a 15:30 horas.
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¿Se puede realizar en línea?
Sí, realiza tu trámite en línea aquí.
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¿Cuál es el costo de este trámite?
Trámite gratuito -
¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?
En línea (Datos y documentos):
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.
- Documento de elección del régimen, en caso de que el ISSSTE se lo haya proporcionado. Formato .pdf
- Estado de cuenta de la AFORE. Formato .pdf
Presencial (Documentos):
- Avisos afiliatorios si cuenta con ellos. Original.
- Identificación oficial vigente. Original.
- Documento de elección del régimen, en caso de que el ISSSTE se lo haya proporcionado. Original.
- Estado de cuenta de la AFORE. Original.
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¿Qué información necesito conocer antes de realizar este trámite?
- Tener Número de Seguridad Social asignado por el IMSS.
- Tipos de identificación oficial vigente:
- Credencial para votar.
- Pasaporte vigente.
- Cartilla de Servicio Militar Nacional.
- Cédula profesional.
- Matrícula consular.
- Si eres extranjero: Tarjeta/Cédula/Carnet de identidad de tu país y forma migratoria FM2 o FM3 emitida por el Instituto Nacional de Migración.
- Credencial ADIMSS.
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Notas Adicionales
- Se podrá solicitar el trámite cuando el asegurado (a) cuente con 59 años de edad o más, o antes de esta edad, siempre y cuando el trabajador acredite que el monto estimativo de su pensión que se obtenga del saldo de su cuenta individual, sea superior en al menos el 30% de la cuantía de la pensión garantizada, una vez que cubra la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios (Retiro Anticipado).
- En caso que el asegurado(a) cuente con las semanas necesarias para efectuar el trámite de una pensión, deberá realizar su solicitud en la Unidad de Medicina Familiar de su adscripción.
- Tratándose de períodos de cotización, para tener derecho a pensionarse bajo cualquier régimen o a recibir servicios médicos, no se acumularán aquellos períodos en los que el trabajador hubiera cotizado simultáneamente al Instituto y al ISSSTE.
- Se entenderá por período de cotización simultáneo aquel en que al mismo tiempo se enteren cuotas y aportaciones correspondientes al trabajador bajo el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social y el de la Ley ISSSTE.
- Los Avisos afiliatorios son documentos opcionales, y en su caso deberán ser presentados en original.
- El plazo de respuesta está supeditado a que en la búsqueda de la información no se encuentre una homonimia o duplicidad de sus datos de identificación.
- La documentación no deberá contener errores, borraduras, tachaduras ni enmendaduras.
- Se reputará como fraude y se sancionará como tal, en los términos del Código Penal Federal, el obtener, así como el propiciar su obtención, de los seguros, prestaciones y servicios que esta Ley establece, sin tener el carácter de derechohabiente, mediante cualquier engaño o aprovechamiento de error, ya sea en virtud de simulación, sustitución de personas o cualquier otro acto.
- De realizar el trámite en ventanilla el solicitante podrá optar por proporcionar su correo electrónico y su teléfono particular; de realizar el trámite en línea el correo electrónico es un dato obligatorio.
Plazo de Prevención: 15 días hábiles.
Plazo Máximo de Resolución: 30 días hábiles.

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