Constancia de aclaración de semanas cotizadas en el IMSS

Homoclave IMSS-02-025 Modalidad C. Constancia de Aclaración de Semanas Cotizadas

En caso de no estar de acuerdo con el número de semanas cotizadas que te emitió el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), puedes solicitar una aclaración.

Ya puedes hacer tu trámite por internet:



Para presentar una aclaración de tus semanas cotizadas en línea, necesitas:

- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Correo electrónico.


O si lo deseas, puedes realizar tu trámite en ventanilla:

Consulta la información, dando un clic sobre el signo +

  • En caso de no estar de acuerdo con el número de semanas cotizadas que te emitió el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), puedes solicitar una aclaración.
  • Interesado (a).
    Asegurado (a).

  • En línea: Realiza tu trámite en línea aquí. Las 24 hrs. del día los 365 días del año.

    Presencial: En la Subdelegación que te corresponda, de lunes a viernes en días hábiles del IMSS de 8:00 a 15:30 horas.

  • Sí, realiza tu trámite en línea aquí.

  • Trámite gratuito
  • En línea (Datos y documentos):

    1. Clave Única de Registro de Población (CURP)
    2. Número de Seguridad Social (NSS).
    3. Correo electrónico.
    4. Avisos afiliatorios si cuenta con ellos. Formato .pdf

    Presencial (Documentos):

    1. Avisos afiliatorios si cuenta con ellos. Original.
    2. Identificación oficial vigente. Original.
    3. Número de Seguridad Social (NSS).
    • Tener Número de Seguridad Social asignado por el IMSS.
    • Tipos de identificación oficial vigente:
      • Credencial para votar.
      • Pasaporte vigente.
      • Cartilla de Servicio Militar Nacional.
      • Cédula profesional.
      • Matrícula consular.
      • Si eres extranjero: Tarjeta/Cédula/Carnet de identidad de tu país y forma migratoria FM2 o FM3 emitida por el Instituto Nacional de Migración.
      • Credencial ADIMSS.
    • El número de semanas que se informen serán aquellas con que cuente el asegurado hasta la fecha de la baja o de la solicitud de aclaración si se encuentra vigente.
    • En caso que el asegurado (a) cuente con las semanas necesarias para efectuar el trámite de una pensión, deberá realizar su solicitud en  la Unidad de Medicina Familiar de su adscripción.
    • En caso de no haber sido registrado el trabajador por su o sus patrones, el trabajador deberá presentar una denuncia ante el área fiscalizadora del IMSS en contra del patrón que no efectuó su registro.
    • El plazo de respuesta está supeditado a que en la búsqueda de la información no se encuentre una homonimia o duplicidad de sus datos de identificación.
    • La documentación no deberá contener borraduras, tachaduras o enmendaduras.
    • Se sancionará el obtener, así como el propiciar su obtención, de los seguros, prestaciones y servicios que la Ley del Seguro Social establece, mediante cualquier engaño o aprovechamiento de error, ya sea en virtud de simulación, sustitución de personas o cualquier otro acto, en términos del artículo 314 de dicho ordenamiento.
    • Los Avisos afiliatorios, son documentos opcionales y en su caso deberán ser presentados en original.

     

    Plazo de Prevención: 15 días hábiles. 
    Plazo Máximo de Resolución: 30 días hábiles.

Todos los trámites son gratuitos

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15/02/2021 - 17:30