Fundamentos que dan origen al trámite
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Artículo: 67, 68
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Número: 21.9
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 15-enero-2024.
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Número: 21.9
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 15-enero-2024.
Fundamentos del plazo de prevención al solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo: 17
Letra: A
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Número: 21.9
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 15-enero-2024.
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Número: 21.9
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 15-enero-2024.
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Seguro Social.
Artículo: 84
Fracciones: VIII, IX
Fundamentos del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Artículo: 67
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo SA2.HCT.280813/234.P.DIR y Anexo Único Reglas de Carácter General para el uso de la Firma Electrónica Avanzada, cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en los actos que se realicen ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Otro: Anexo Único
Fundamentos de Datos / Documentos
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, así como su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2023, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Número: 21.9
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 15-enero-2024.
Ámbito: Federal
Tipo: Acuerdo
Nombre: Acuerdo SA2.HCT.280813/234.P.DIR y Anexo Único Reglas de Carácter General para el uso de la Firma Electrónica Avanzada, cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en los actos que se realicen ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Plazo máximo de la resolución del trámite: Inmediato.
Plazo de prevención: Inmediato.
Vigencia: La vigencia durará mientras el asegurado(a) o pensionado(a) se encuentre vigente en sus derechos en los registros del Instituto.