Solicitud para que personal del área de la salud extrainstitucional ingrese o realice programas de educación continua en el Instituto Mexicano del Seguro Social
Homoclave: IMSS-03-006
¿Eres personal del área de la salud externo al IMSS y deseas participar en cursos de capacitación en el Instituto? Presenta tu solicitud.
Consulta la información, dando un clic sobre el signo +
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¿Qué es?
Es el trámite que debes realizar si eres personal de la salud externo al IMSS y quieres participar en cursos de capacitación en el Instituto.
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¿Quién lo puede realizar?
Directamente la persona interesada o una institución pública de salud.
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¿Dónde puedo realizar este trámite?
En la División de Educación Continua de la Coordinación de Educación en Salud, Av. Cuauhtémoc 330, Col. Doctores, en la Ciudad de México, de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas.
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¿Se puede realizar en línea?
No. El trámite es presencial.
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¿Cuál es el costo de este trámite?
Trámite gratuito
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¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?
- Solicitud para que personal del área de la salud extrainstitucional ingrese o realice programas de educación continua en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Título universitario de licenciatura.
- Título universitario de especialidad o comprobante de su trámite.
- Cédula profesional del último grado de estudios cursado o su comprobante de trámite.
- Seguro médico de gastos mayores en salud.
- Certificado médico de salud.
- Identificación oficial vigente.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
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¿Es necesario llenar algún formato?
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¿Qué información necesito conocer antes de realizar este trámite?
- Presenta los documentos solicitados de acuerdo a la modalidad del curso en la División de Educación Continua y pide la solicitud correspondiente.
- El plazo máximo de respuesta es de 60 días naturales a partir de la fecha de solicitud, pero si no recibes respuesta, es porque no fue aceptada tu solicitud.
- El trámite tiene un periodo de prevención de 20 días naturales a partir de la fecha de solicitud.
Vigencia: No aplica.
Y toma en cuenta:
Criterios de resolución
- Es necesario que el curso o la actividad educativa solicitado se imparta en unidades de atención médica consideradas oficialmente como sedes por el IMSS.
- Es indispensable que exista disponibilidad de campo clínico.
- Es indispensable que no desplace a ningún trabajador(a) del propio IMSS.
Observaciones
Si al término del plazo máximo de resolución el instituto no ha notificado a la persona solicitante, se entiende como negado. -
¿Cuál es el fundamento legal del trámite?
- Ley del Seguro Social, Artículo 251, Fracciones VI y IX.
- Ley del Seguro Social, Artículo 264, Fracción VII.
- Acuerdo del Honorable Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social 402/2002.
- Acuerdo del Honorable Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social ACDO.AS1.HCT.260815/178.P.DPM.
- Aviso por el cual el Instituto Mexicano del Seguro Social da a conocer el diseño estandarizado de formatos de trámites, publicado en el DOF el 17 de Septiembre de 2015.
¿Necesitas ayuda?
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El trámite de solicitud es gratuito y solo debes pagar la cuota de recuperación en caso de que tu solicitud sea autorizada.