¿Qué trámites son considerados como casos especiales?


¿Qué trámites son considerados como casos especiales?
 
 

- Si el asegurado(a) tiene periodos cotizados en el ISSSTE.

- Si el asegurado(a) o pensionado(a) de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez era jubilado de Ferrocarriles Nacionales de México.

- Si el asegurado(a) tuvo como último patrón al Banco de México.

- Si el asegurado(a) laboró ante el IMSS.

- Si el asegurado(a) requiere su pago en otro país.

- Si el asegurado(a) requiere sumar las cotizaciones realizadas en España o Canadá para reunir las semanas requisito que establece la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.

- Si el asegurado(a) presenta una constancia de semanas cotizadas emitida en el Departamento de Afiliación Vigencia.