¿Si coticé ante el IMSS y el ISSSTE puedo sumar los períodos cotizados en ambas instituciones?


¿Si coticé ante el IMSS y el ISSSTE puedo sumar los períodos cotizados en ambas instituciones?
 
El 17 de febrero de 2009, se firmó el Convenio de Portabilidad entre el IMSS y el ISSSTE. La esencia del Convenio es que el derecho a una prestación económica está asociado a la persona y no al tipo de patrón que lo emplea
Además:
  • El trabajador que desee pensionarse por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, bajo la modalidad de portabilidad de derechos, deberá tramitar y obtener, previo a su solicitud de trámite de pensión, la constancia de períodos reconocidos en los servicios de afiliación de ambos Institutos.
  • La solicitud de pensión deberá presentarse ante la Institución donde se haya registrado la fecha de baja más reciente, invariablemente, el trabajador deberá estar dado de baja en ambos (ante el IMSS e ISSSTE).