Beneficios

Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a los cinco seguros que la Ley del Seguro Social prevé, sin restricciones ni tiempos de espera:

  • Enfermedades y Maternidad
    Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para la persona trabajadora del hogar y sus beneficiarios
    Pago de incapacidades por enfermedad general
  • Riesgos de Trabajo
    Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones
    Incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad de trabajo
  • Invalidez y Vida
    Pensión de invalidez para el asegurado
    Pensión para los beneficiarios en caso de muerte del asegurado
  • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
    Ahorro para el retiro (en su caso, pensión)
  • Guarderías y Prestaciones Sociales
    Estancias infantiles para el cuidado de menores
    Actividades de esparcimiento (deportivas y culturales)

Beneficiarios

Los beneficiarios legales de la persona trabajadora del hogar son:

  • Cónyuge o concubina(o).
  • Hijos(as): menores de 16 años o hasta los 25 años si continúan estudiando en el Sistema Educativo Nacional o cuentan con un Dictamen de Incapacidad Física o Psíquica del IMSS.
  • Padres: si viven en el mismo domicilio y dependen económicamente del asegurado.