Dictamen para efectos del Seguro Social
Homoclave IMSS-02-087
Documento elaborado por Contador Público Autorizado que consigna la opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones del patrón ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
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¿Qué es?
Documento elaborado por Contador Público Autorizado que consigna la opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones del patrón ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
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¿Quién lo puede realizar?
Patrón con un promedio de más de 300 trabajadores en el ejercicio inmediato anterior o patrones con un promedio de trabajadores inferior a 300, también pueden presentar dictamen a través de SIDEIMSS, de manera voluntaria.
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¿Dónde puedo realizar este trámite?
Trámite presencial:
Los avisos por obra de construcción y los autorizados conforme al artículo 159 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), se presentarán en la Subdelegación en cuya circunscripción territorial se encuentre el domicilio fiscal del patrón.
Trámite en Línea:
Ingresando a la URL https://escritoriovirtual.imss.gob.mx/escritorio/web/publico, los 365 días del año las 24 horas del día. Si requiere mayor información llamar a los teléfonos: 01 800 623 23 23 opción 5, luego opción 3 o (55) 4162 7295.
Nota: Para realizar este trámite en línea es necesario el uso de la e.firma por lo que deberá utilizar Internet Explorer 10 o superior.
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¿Se puede realizar en línea?
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¿Cuál es el costo de este trámite?
Trámite gratuito
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¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?
Trámite presencial:
En caso de existir una sustitución del representante legal es necesario presentar:
- Identificación oficial vigente (credencial para votar; cartilla del servicio militar nacional o pasaporte vigente). Original para su cotejo y Copia.
- Poder general para pleitos y cobranzas del nuevo representante legal. Original para su cotejo y Copia
- Formatos "Información patronal":* 3 Originales
- Remuneraciones
- Prestaciones
- Cuotas pagadas
- Pagos a personas físicas
- Servicios de personal y Personal Proporcionado
- Subcontratación de personal y Personal Subcontratado
- Clasificación de empresas
- Balanza de comprobación
- Obras de construcción
- Formatos "Atestiguamientos":* 3 Originales
- Remuneraciones
- Prestaciones
- Cuotas pagadas
- Pagos a personas físicas
- Servicios de personal y Personal Proporcionado
- Subcontratación de personal y Personal Subcontratado
- Clasificación de empresas
- Balanza de comprobación
- Obras de construcción
- Otros aspectos
- Cédulas de dictamen. 3 Originales
- Modelos de Opinión:** 3 Originales
- Carta de Presentación de dictamen. 3 Originales
* Descarga un archivo Zip con los formatos listados.
** Elegir el Modelo de Opinión dependiendo del resultado de la revisión del Contador Público Autorizado (CPA).
Trámite en Línea:
Se requiere
- FIEL o e.firma del contador, representante legal y el patrón o sujeto obligado,
- Carga de información a través de la Plantilla información patronal
- Atestiguamientos*
- Cédulas de dictamen*
- Modelo de Opinión*
* Formatos Web de captura en el sistema.
Nota: El acuse generado al formular y presentar el dictamen sustituye la Carta de Presentación de dictamen.
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¿Qué información necesito conocer antes de realizar este trámite?
Para utilizar el Sistema de Dictamen Electrónico del Instituto Mexicano del Seguro Social (SIDEIMSS), las características mínimas que deberá contar el equipo de cómputo que se utilice para esta plataforma es:
- Windows 7
- Conexión a Internet
- Internet Explorer versión 11
- Java y Acrobat (actualizados)
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¿Es necesario llenar algún formato?
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Fundamento Jurídico
Fundamento Jurídico
Artículo 16 de la Ley del Seguro Social (LSS), que establece la obligación de los patrones o sujetos obligados de dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante este Instituto, cuando cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, o bien, los que no se encuentren en dicho supuesto pero voluntariamente decidan dictaminar sus aportaciones al Instituto, por Contador Público Autorizado, en términos del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Asimismo, la LSS en su artículo 251, fracción XXIX, establece que es facultad del IMSS autorizar el registro a los contadores públicos, para dictaminar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en dicha Ley y comprobar que cumplan con los requisitos exigidos al efecto en el RACERF.
El RACERF en su Título Sexto denominado "DEL DICTAMEN Y CORRECCIÓN DE LAS OBLIGACIONES PATRONALES", establece la regulación al dictamen en materia de seguridad social, disposiciones que de manera enunciativa, más no limitativa prevén entre otras:
- La manera de determinar qué patrones o sujetos obligados se consideran obligados a presentar dictamen en materia de seguridad social.
- Los requisitos y obligaciones que debe cumplir un Contador Público para solicitar su inscripción ante el IMSS para dictaminar.
- Las obligaciones a cargo de los Contadores Públicos Autorizados inscritos en el Registro de Contadores Públicos para dictaminar y los casos en los que se encuentra impedido para formular un dictamen.
- El aviso de dictamen para efectos del IMSS.
- La formulación del dictamen en materia de seguridad social y sus anexos.
- Las opiniones emitida por el Contador Público Autorizado derivadas del dictamen.
- La presentación del dictamen en materia de seguridad social, por parte del Patrón o Sujeto Obligado.
El Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280617/149.P.DIR dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en la sesión ordinaria celebrada el 28 de junio de 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2017, por el cual se actualizan los formatos para la formulación del dictamen por contador público autorizado y se aprueban las reglas del Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS).
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